La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), a través de las Resoluciones 389 y 390/2024 publicadas este martes en el Boletín Oficial, dispuso un aumento del 4,58% en los haberes de jubilados, pensionados y en los montos de las Asignaciones Familiares para agosto.

De esta manera, el organismo previsional estableció que el haber mínimo garantizado vigente a partir del mes del próximo mes será de $225.454,42; mientras que el haber máximo que regirá en el octavo mes del año será de $1.517.094,80.

Como en los meses anteriores, el Ministerio de Economía confirmó que otorgará un anticipó un bono de 70.000 pesos para los haberes mínimos.

De esta forma, ningún jubilado o jubilada cobrará en agosto menos de $295.454, por lo que aquellos beneficiarios cuyo haber sea mayor al mínimo cobrarán un bono proporcional hasta alcanzar ese piso.

En el documento oficial, también se establecieron las bases imponibles mínima y máxima en $75.933,01 y $2.467.787,04, respectivamente, a partir del período devengado agosto de 2024.

Asignaciones

A su vez, la ANSES confirmó los nuevos montos de las asignaciones familiares: la Asignación Universal por Hijo (AUH) será de 81.010 pesos; la AUH por Hijo con Discapacidad, 263.791 pesos, y la Asignación Familiar por Hijo, 40.505 pesos para el primer rango de ingresos (hasta $627.230, por grupo familiar).

La resolución publicada este martes dispone que “la percepción de un ingreso superior a $1.660.759 por parte de una de las personas integrantes del grupo familiar, excluye a dicho grupo del cobro de las asignaciones familiares, aun cuando la suma de sus ingresos no supere el límite máximo de ingresos establecido”.

Mientras tanto, en Diputados se aprobó con amplia mayoría el mes pasado una iniciativa para cambiar el mecanismo de actualización de haberes y que los jubilados recuperen lo perdido en el primer mes del año.

Sin embargo, la sesión en el Senado, que iba a tener lugar durante la primera semana de julio, se pospuso para agosto. Sucede que hay tensiones con el Gobierno nacional por el gasto extra que implicaría el cambio, ya que plantea  que representaría un gasto de 0,4% del PBI, según la Oficina de Presupuesto del Congreso (OPC)

Lo que se propone es una actualización mensual de haberes en base al último dato disponible del IPC (en la actualidad es con dos meses de rezago). Además, incluye una compensación extra -o “empalme”- del 8,1%, dado que el Gobierno otorgó un 12,5% de recomposición en abril que no cubre el 20,6% de inflación de enero, mes que quedó fuera de la actualización con la nueva fórmula.

Asimismo, se estableció que el haber mínimo sea el equivalente al 1.09 del valor de la Canasta Básica Total de un adulto. También, se incluyó de forma anual un adicional del 50% de la variación entre el Remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (RIPTE) y el IPC para habilitar la posibilidad de mejorar las jubilaciones en contextos de crecimiento económico. De este modo, el IPC, que viene desacelerándose, no se convertirá en un un techo para los haberes.

Calendario de pagos de agosto

Jubilados que cobran un haber mínimo:

  • Documentos terminados en 0: 8 de agosto de 2024.
  • Documentos terminados en 1: 9 de agosto de 2024.
  • Documentos terminados en 2: 12 de agosto de 2024.
  • Documentos terminados en 3: 13 de agosto de 2024.
  • Documentos terminados en 4: 14 de agosto de 2024.
  • Documentos terminados en 5: 15 de agosto de 2024.
  • Documentos terminados en 6: 16 de agosto de 2024.
  • Documentos terminados en 7: 19 de agosto de 2024.
  • Documentos terminados en 8: 20 de agosto de 2024.
  • Documentos terminados en 9: 21 de agosto de 2024.

Jubilados que cobran más de un haber mínimo

  • Documentos terminados en 0 y 1: 22 de agosto de 2024.
  • Documentos terminados en 2 y 3: 23 de agosto de 2024.
  • Documentos terminados en 4 y 5: 26 de agosto de 2024.
  • Documentos terminados en 6 y 7: 27 de agosto de 2024.
  • Documentos terminados en 8 y 9: 28 de agosto de 2024.
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