La Corte de Justicia emitió ayer un fallo por mayoría que, haciendo lugar parcialmente a una medida cautelar solicitada por la Comunidad Originaria Atacameños del Altiplano, pone en el freezer la minería de litio en Antofagasta de la Sierra.
Esto a la vez abrió una incógnita: ¿Qué sucederá con los 2742 puestos de trabajo directos y los 4083 indirectos de acuerdo con datos oficiales? En lo concreto y, por lo pronto, la sentencia le ordena al Ministerio de Minería que realice un estudio de impacto ambiental “acumulativo e integral del desarrollo de la actividad minera (litio)” en el río Los Patos, acuífero ubicado en el Salar del Hombre Muerto.
El fallo, que lleva la firma de la presidenta de la Corte, Fernanda Rosales Andreotti, de los magistrados Miguel Figueroa Vicario, Fabiana Gómez, Verónica Saldaño, Hernán Martel, Marcela Soria Acuña (subrogante) y la disidencia parcial de José Cáceres, dispone que tanto el Ministerio de Minería -a cargo de Marcelo Murúa- y el Ministerio de Agua y Medio Ambiente -que conduce Eduardo Niederle-, se abstengan “de otorgar nuevos permisos/autorizaciones o declaración de impacto ambiental respecto a obras u actividades en el río Los Patos”, hasta tanto “se cumpla con la realización del estudio de impacto ambiental acumulativo e integral”.
Origen
La causa nació en el 2021, cuando Román Elías Guitian, en representación de Atacameños del Altiplano, inició un amparo en el Juzgado Federal buscando que se ordene a la Provincia revocar los decretos y las resoluciones ministeriales que autorizaron la ampliación de proyecto Fénix y el proyecto Sal de Vida, de las empresas Livent y Galaxy Lithium respectivamente.
También pedía que igual destino tenga “todo otro proyecto de litio que esté situado en la subcuenca Salar del Hombre Muerto -compartida entre Salta y Catamarca-, hasta que se haya realizado una evaluación de impacto ambiental interjurisdiccional y acumulativa”. Con la acción judicial, Guitian denunció afectación al derecho a la consulta y participación ciudadana y a un ambiente sano y al agua como recurso.
Además, solicitaba como medida cautelar que se le ordene al Gobierno “suspender las autorizaciones a las empresas Livent y Galaxy Lithium, para las diversas obras que construyen” en los dos proyectos, hasta que se haya realizado una evaluación de impacto ambiental “integral y acumulativo”. Luego, en una ampliación, pidió que se “suspenda toda autorización concedida”.
En ese 2021, el juez Miguel Ángel Contreras declaró la incompetencia de la Justicia federal y ordenó que pase a la Justicia provincial. Cayó en manos del juez Fabricio Gershani, quien a la vez la trasladó a la Corte de Justicia. Un dato: el Procurador del máximo tribunal se pronunció por la incompetencia de la Corte, criterio que mantuvo en una segunda opinión.
Aparte de ello, según esgrimió Guitian, las resoluciones ministeriales no contaban “con un estudio hidrológico pertinente, ni consideraba el impacto ambiental acumulativo de los diferentes proyectos mineros de idéntica finalidad -extracción de litio- autorizados en la misma zona”, es decir, el Salar del Hombre Muerto.
Fundamentos
El primer voto del fallo lo hizo Rosales Andreotti, quien señaló que, si bien existen informes de impacto ambiental, estos son “individuales”. “Se están desarrollando diversos proyectos mineros cuyas consecuencias impactan en idéntica zona; esto, sin el debido estudio de impacto ambiental acumulativo e integral”, blandió para inclinarse en rechazar el pedido de suspender los permisos y autorizaciones concedidas “en relación a los proyectos que se están desarrollando”.
Eso sí, entendió como imperioso ordenar a Minería “realizar con carácter urgente el respectivo estudio de impacto ambiental integral y acumulativo”.
Por su parte, Figueroa Vicario rescata que hay 6 proyectos para la extracción de litio ubicados en la cuenca del río de Los Patos para sostener que “todos los proyectos mineros, en sus diferentes etapas, inciden sobre la misma zona y no se advierten acciones tendientes al estudio de impacto ambiental de forma integral y acumulativa”.
Fue este magistrado el que sugirió hacer lugar parcialmente para ordenar la realización de un estudio de impacto ambiental “acumulativo e integral” que verse en el paisaje, fauna y flora, clima y las condiciones de vida de los habitantes del lugar y “de la comunidad indígena afectadas”. En tanto, para el ministro Cáceres se debía ir a fondo, es decir, suspender “temporalmente los efectos de permisos y autorizaciones otorgadas hasta que se complete y evalué adecuadamente el impacto ambiental que el conjunto de proyectos puede generar en la zona”.
En este marco, desde el Gobierno remarcaron que existe un informe sobre el río Los Patos. Sin ir más lejos, cualquier persona puede acceder a este a través de la página web del Consejo Federal de Inversiones (CFI). El documento en cuestión fue publicado en el 2019 y lleva el título de “Estudio hidrogeológico cuenca río de Los Patos-Salar del Hombre Muerto”.