La Justicia Federal dictó el procesamiento de Héctor Guerrero, el gendarme acusado de herir gravemente al fotógrafo Pablo Grillo al dispararle en la cabeza un cartucho de gas lacrimógeno durante una manifestación en defensa de los jubilados frente al Congreso Nacional, el pasado 12 de marzo.

Imputación y embargo

La decisión fue firmada por la jueza María Servini, titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N°1, quien imputó al uniformado por los delitos de "lesiones gravísimas y abuso de armas", agravados por su condición de integrante de una fuerza de seguridad.

Además, la magistrada ordenó el embargo de los bienes del acusado mientras continúa la investigación.

Uso indebido de la fuerza

El expediente judicial señala que Guerrero efectuó el disparo que impactó directamente en Grillo de manera prohibida, contrariando los protocolos de actuación de Gendarmería Nacional.

El fallo también detalla que el gendarme habría realizado otros cinco disparos con el mismo accionar irregular durante el operativo.

 Pablo Grillo continúa su recuperación
 Pablo Grillo continúa su recuperación

Estado de salud y contexto

Grillo, reportero gráfico reconocido por su cobertura de movilizaciones sociales, sufrió lesiones de extrema gravedad y permaneció internado en terapia intensiva durante semanas.

Su familia reportó en los últimos días que comenzó a comunicarse más y a ingerir alimentos blandos en el avance más reciente de una larga recuperación.

Investigación

La investigación determinó que Guerrero realizó al menos seis disparos antirreglamentarios durante la represión, todos ellos en dirección a los manifestantes y en forma horizontal, conducta que la magistrada calificó como un "abuso de su función" y un apartamiento deliberado de los protocolos y la capacitación recibida.

La resolución subraya que el imputado no era un novato: "Guerrero no se trata de un efectivo inexperto, sino que formaba parte de la primera sección de GNA y tenía diez años de servicio al momento de los hechos". Además, ejercía funciones como instructor de tiro y había aprobado cursos específicos sobre el uso de la fuerza y el cumplimiento de la ley.

En su declaración indagatoria, Guerrero alegó que la visibilidad estaba reducida por el humo y el agua de los camiones hidrantes, que usó el arma según el manual y que nunca tuvo intención de lastimar a nadie. Sin embargo, la jueza consideró que el imputado actuó con dolo eventual, es decir, que se representó la posibilidad de causar un daño grave y aceptó ese riesgo al disparar de manera prohibida.

"El aquí procesado se representó la posibilidad de producir las lesiones gravísimas, y con su actitud o predisposición psíquica, le resultó indiferente la eventualidad del resultado", sostiene la resolución.

La calificación legal impuesta es la de lesiones gravísimas agravadas por abuso de función en carácter de miembro integrante de una fuerza de seguridad (artículos 45 y 91 del Código Penal, en función de los artículos 80 inciso 9 y 92), en concurso real con abuso de armas agravado (artículos 45 y 104, en función de los artículos 80 inciso 9 y 105), reiterado en cinco oportunidades. La jueza descartó la existencia de causas de justificación como el cumplimiento del deber o la legítima defensa, al considerar que al momento de los disparos los manifestantes ya estaban contenidos y no existía una agresión actual que habilitara el uso de la fuerza en esos términos.

Como medida cautelar, Servini ordenó un embargo sobre los bienes de Guerrero por $203.000.000, monto que consideró proporcional al daño causado y a los gastos del proceso. También dispuso que el imputado mantenga su domicilio, se presente periódicamente ante la autoridad policial y continúe con la prohibición de salida del país, pero rechazó la prisión preventiva al no advertir riesgos procesales de fuga o entorpecimiento de la investigación.

La resolución ordena una nueva intervención del Cuerpo Médico Forense para evaluar las secuelas neurológicas permanentes de Grillo, dado que al momento del primer informe su pronóstico era reservado. La jueza remarcó que, a casi siete meses del hecho, el estado de salud de la víctima sigue siendo crítico y que "no se avizora panorama alguno de mejora".

"No existe condición ni circunstancia alguna que justifique que uno se aparte de los manuales y protocolos del caso cuando manipula elementos tan peligrosos", dice en el fallo Servini.

 
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