El máximo tribunal de Justicia esperaría primero que actúe el Poder Legislativo. La Rioja pidió la inconstitucionalidad del decreto de necesidad y urgencia y la CGT logró suspender el capítulo laboral.
En el mundo judicial nadie espera que la Corte se pronuncie “en lo inmediato” sobre la constitucionalidad o no del DNU, que en 300 artículos deroga un centenar de leyes, promueve la desregulación de la economía y una reforma laboral, entre otras cuestiones.
Los jueces de la Corte recibieron el último día de diciembre una demanda del gobernador de La Rioja, Ricardo Quintela, en la que reclama anular el DNU y como medida cautelar suspenderlo. El máximo tribunal se lo envió al procurador, Eduardo Casal, para que determine si es un caso de competencia originaria de la Corte y avisaron que no lo iban a tratar en la feria de enero. Casal la semana pasada dijo que era un asunto de competencia originaria de la Corte, es decir, que lo debe tratar directamente porque es un conflicto entre la Nación y una provincia. Pero la Corte no hará en lo inmediato ninguna movida, según informaron fuentes judiciales. Los jueces mantendrán cautela, sobre todo, porque el Congreso está en pleno funcionamiento y se debate si se convocará al Senado para analizar la validez del DNU.
Los especialistas, además, señalan que la demanda de La Rioja podría ser atacada desde el lado de la legitimidad del Gobernador para plantearla o desde el argumento de que no plantea un caso de perjuicio concreto.
La jurisprudencia de la Corte es restrictiva con respecto a convalidar los DNU. En los últimos años, lo viene demostrando en diversas sentencias (Pino Severino, de 2021; Verrochi, de 1999, y Consumidores Unidos, de 2010), que las facultades legislativas del Presidente son excepcionales y que solo puede actuar así cuando las cámaras del Congreso no pueden reunirse o cuando la situación que requiere solución legislativa sea de una urgencia tal que deba ser remediada inmediatamente.