En el marco de la emergencia energética vigente, el Gobierno nacional implementó un nuevo procedimiento para revisar y redeterminar la segmentación de subsidios a la energía. La medida fue oficializada este lunes mediante la Resolución 218/2025 de la Secretaría de Energía, publicada en el Boletín Oficial.

La normativa establece la creación de una herramienta digital que permitirá a cada usuario consultar su nivel de segmentación de manera personalizada. Además, se habilitará un canal para solicitar la revisión de su categoría a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD). Para quienes no cuenten con acceso digital o necesiten asistencia, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) continuará brindando atención presencial.

Esta nueva disposición se enmarca en la emergencia del Sector Energético Nacional, declarada hasta el 9 de julio de 2025, y en la emergencia pública, tarifaria y social, vigente hasta el 31 de diciembre del mismo año. En ese contexto, el Ejecutivo busca avanzar hacia una política de subsidios energéticos más focalizada y con menos margen de error en la asignación.

Entre los puntos principales de la resolución, se aprueban los lineamientos para analizar y evaluar las solicitudes de revisión de subsidios registrados en el Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE). Además, se extiende hasta el 31 de mayo de 2025 el llamado "Período de Transición hacia Subsidios Energéticos Focalizados".

Según la Secretaría de Energía, se han detectado casos de usuarios que figuran como beneficiarios de subsidios para sectores de bajos ingresos (Nivel 2), pero que en realidad residen en zonas de alto poder adquisitivo, como barrios cerrados o countries. Ante esta situación, la resolución faculta a la Subsecretaría de Transición y Planeamiento Energético a establecer indicadores patrimoniales que ayuden a detectar inconsistencias en la información declarada.

Para fortalecer los controles, el Estado avanzará con el cruce de datos entre los ingresos informados por los usuarios y los registros de organismos nacionales y provinciales, como el Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social (SINTyS) y ANSES. El objetivo es verificar que quienes reciben el subsidio cumplan con los criterios establecidos y detectar ingresos no declarados o activos que evidencien capacidad contributiva.

Desde la Secretaría aclararon que quienes ya se hayan registrado en el RASE no deberán reinscribirse, salvo que deseen actualizar la información de su grupo conviviente. No obstante, advirtieron que, si se comprueba que un usuario presentó una declaración jurada falsa o accedió al beneficio de manera fraudulenta, podrá ser excluido del esquema y se le refacturarán los montos bonificados, con intereses moratorios y punitorios. También podrían aplicarse otras sanciones legales.

La resolución remarca que todas estas acciones se llevarán a cabo respetando la normativa vigente en materia de protección de datos personales.

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