El Gobierno nacional confirmó este domingo una esperada actualización en el régimen del Monotributo, que incluye un incremento en los topes de facturación, una suba en las cuotas mensuales y la adecuación de escalas que entrarán en vigencia a partir de agosto.
El nuevo límite anual de facturación para los monotributistas pasará de $82 millones a $95 millones, según anunció el subsecretario de Prensa de la Presidencia, Javier Lanari. "Eso equivale a unos 74.500 dólares anuales", explicó el funcionario, quien también remarcó que "en diciembre de 2023, cuando asumió Javier Milei, ese tope era de apenas 6.300 dólares por año, 12 veces menos".
Los cambios se vinculan directamente con el índice de inflación del primer semestre de 2025, que el INDEC dará a conocer este lunes, y que impacta tanto en el Monotributo como en el impuesto a las Ganancias. En este sentido, se ajustarán las escalas del tributo, el monto del impuesto integrado, los aportes previsionales y el valor de los alquileres devengados.
Además, las cuotas mensuales del Monotributo se incrementarán entre un 15,3% y un 15,6%. Por ejemplo, en la categoría A, la facturación máxima anual pasará de $7.813.063 a $9 millones, y la cuota mensual se elevará de $32.221 a más de $37.000. En tanto, la categoría B pasará de $36.679 a más de $42.000 mensuales. Los nuevos valores regirán desde agosto hasta enero de 2026.
Ganancias: nuevos valores y deducciones
También se actualizará el Mínimo No Imponible del impuesto a las Ganancias. Para un trabajador soltero sin hijos, el nuevo umbral sería de $2,6 millones brutos mensuales (actualmente es de $2,3 millones). Para un empleado casado con dos hijos, el monto subirá de $3 millones a casi $3,5 millones.
El ajuste semestral, previsto por ley en base a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC), también impactará en las deducciones permitidas sobre la base imponible. Entre ellas se incluyen los gastos en salarios del servicio doméstico, educación de los hijos y alquiler de vivienda.
Las deducciones deben ser informadas a través del formulario F572Web en el sistema Siradig Trabajador. Una vez aplicado el mínimo no imponible y deducidos los gastos autorizados, los ingresos remanentes tributan con alícuotas progresivas que oscilan entre el 5% y el 35%, según el nivel de ganancia neta.