El Gobierno le otorgó el control de todos los fondos fiduciarios al Ministerio de Economía que conduce Luis Caputo. La decisión transcendió en los últimos días, pero fue oficializada hoy con su publicación en el Boletín Oficial.

A través del Decreto 215/2024, el Poder Ejecutivo designó al Ministerio de Economía "como fiduciante en representación del Estado en todos los fondos fiduciarios integrados total o parcialmente con bienes y/o fondos del Estado Nacional, ejerciendo en ese carácter la dirección y conducción de dichos fondos fiduciarios".

"En los casos en los que el Congreso haya designado como fiduciante a un organismo o repartición específica diferente del Ministerio de Economía, o a un comité de integración plural, con carácter previo al dictado de cualquier instrucción al fiduciario deberá emitir opinión el citado Ministerio", se aclaró en el artículo 2° de la Resolución.

Con la asistencia de la SIGEN (Sindicatura General de la Nación), o mediante la contratación de consultores independientes externos "de reconocida trayectoria y experiencia", la cartera económica deberá elaborar, dentro del plazo de 60 días a contar desde la entrada en vigencia de la medida, una auditoría integral de gestión de los fondos fiduciarios integrados total o parcialmente con bienes y/o fondos del Estado. El Ministerio de Economía podrá prorrogar este plazo por otro similar y por única vez.

Con la asistencia de la SIGEN (Sindicatura General de la Nación), o mediante la contratación de consultores independientes externos "de reconocida trayectoria y experiencia", la cartera económica deberá elaborar, dentro del plazo de 60 días a contar desde la entrada en vigencia de la medida, una auditoría integral de gestión de los fondos fiduciarios integrados total o parcialmente con bienes y/o fondos del Estado. El Ministerio de Economía podrá prorrogar este plazo por otro similar y por única vez.

Además, los organismos y reparticiones con responsabilidad primaria en las materias involucradas en cada uno de los fondos fiduciarios contemplados en la Resolución deberán prestar colaboración y asistencia al Ministerio de Economía "a los fines del mejor cumplimiento de las disposiciones y fines del presente decreto".

Como autoridad de aplicación de la norma, el Ministerio de Economía "dictará las normas aclaratorias y complementarias que fueran necesarias para su ejecución". A su vez, podrá delegar en dependencias de nivel de hasta Subsecretaría el impartir instrucciones al fiduciario, la emisión de la opinión prevista en el artículo 2° de la medida y otras acciones de carácter operativo.

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