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La administración nacional puso en marcha la reglamentación del Fondo de Asistencia Laboral (FAL), una herramienta prevista en la Ley de Modernización Laboral que apunta a solventar las compensaciones por despido con dinero que aportarán los empleadores. La oficialización se dio a través del Decreto 408/2026, que detalla los lineamientos operativos, la gestión y el destino de esos fondos.
La disposición se publicó en el Boletín Oficial este lunes y establece los ejes para activar el régimen, que abarcará a empresas del ámbito privado y estará bajo la lupa de la Comisión Nacional de Valores (CNV). La meta es montar un andamiaje específico que asegure el pago de las indemnizaciones a los empleados en relación de dependencia.

En qué consiste el Fondo de Asistencia Laboral

El FAL operará a partir de cuentas especiales que los empleadores constituirán, manejadas mediante instrumentos de inversión colectiva habilitados por la CNV, tales como fondos comunes de inversión y fideicomisos financieros. De acuerdo con el decreto, “resulta pertinente la instrumentación de los Fondos de Asistencia Laboral a través de vehículos de inversión colectiva autorizados por la Comisión Nacional de Valores (CNV), organismo descentralizado actuante en la órbita del Ministerio de Economía, tales como fondos comunes de inversión y fideicomisos financieros, que permitan la segregación patrimonial, la afectación específica de los recursos y la adecuada supervisión del régimen”. La normativa también precisa qué actores podrán sumarse al sistema, las firmas facultadas para gestionar los recursos y los requisitos que los trabajadores tendrán que cumplir para recibir la protección.
La administración nacional puso en marcha la reglamentación del  (FAL), una herramienta prevista en la Ley de Modernización Laboral que apunta a solventar las compensaciones por despido con dinero que aportarán los empleadores. La oficialización se dio a través del Decreto 408/2026, que detalla los lineamientos operativos, la gestión y el destino de esos fondos.
La disposición se publicó en el Boletín Oficial este lunes y establece los ejes para activar el régimen, que abarcará a empresas del ámbito privado y estará bajo la lupa de la Comisión Nacional de Valores (CNV). La meta es montar un andamiaje específico que asegure el pago de las indemnizaciones a los empleados en relación de dependencia.

En qué consiste el Fondo de Asistencia Laboral

El FAL operará a partir de cuentas especiales que los empleadores constituirán, manejadas mediante instrumentos de inversión colectiva habilitados por la CNV, tales como fondos comunes de inversión y fideicomisos financieros. De acuerdo con el decreto, “resulta pertinente la instrumentación de los Fondos de Asistencia Laboral a través de vehículos de inversión colectiva autorizados por la Comisión Nacional de Valores (CNV), organismo descentralizado actuante en la órbita del Ministerio de Economía, tales como fondos comunes de inversión y fideicomisos financieros, que permitan la segregación patrimonial, la afectación específica de los recursos y la adecuada supervisión del régimen”. La normativa también precisa qué actores podrán sumarse al sistema, las firmas facultadas para gestionar los recursos y los requisitos que los trabajadores tendrán que cumplir para recibir la protección.
“Que, en ese marco, corresponde definir con precisión a los empleadores alcanzados, los vehículos de inversión colectiva autorizados y las entidades habilitadas para la administración de los citados fondos, las características de las cuentas individuales del empleador y los requisitos de registración de los trabajadores para acceder a la cobertura del respectivo Fondo de Asistencia Laboral (FAL)”, añade el escrito oficial.

De qué forma se recaudarán y gestionarán los aportes

El decreto indica que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) se encargará de cobrar y redirigir las contribuciones al esquema. Para eso, los empleadores deberán consignar un código único llamado "ID FAL", que permitirá canalizar correctamente los pagos al fondo respectivo. Asimismo, la resolución señala que el dinero administrado únicamente podrá colocarse en activos financieros emitidos y transados dentro del territorio argentino, una medida orientada a dirigir esos capitales hacia proyectos productivos locales.

Plazos para el cobro de las indemnizaciones

La regulación también fija los pasos para recibir las compensaciones. Una vez cumplidos los requisitos y entregada la documentación requerida, la entidad gestora deberá girar el dinero al empleado. En concreto, el texto ordena que los montos se acrediten “dentro del plazo máximo de cinco días hábiles” a partir de la presentación de la declaración jurada correspondiente. Para acceder a la cobertura integral del régimen, los trabajadores tendrán que estar correctamente registrados y demostrar una antigüedad laboral no inferior a doce meses en los registros formales. 

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