En el marco del proceso de reestructuración del Estado, el Gobierno nacional dispuso que se inicien los trámites jubilatorios de aquellos que formen parte del personal de planta permanente que cumplan con los requisitos para acceder al sistema previsional.
Con esta normativa, el Gobierno instruyó a los titulares de las correspondientes entidades a intimar, en un plazo no mayor a 30 días hábiles desde hoy, al personal que reúna las condiciones establecidas por la Ley Nacional del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones a iniciar los trámites administrativos a para ingresar al régimen previsional.
De hecho, en el considerando de la resolución, el Gobierno menciona que el objetivo de esta reorganización administrativa del Estado es mejorar su funcionamiento “para lograr una gestión pública transparente, ágil, eficiente, eficaz y de calidad en la atención del bien común, reduciendo el sobredimensionamiento de la estructura estatal a fin de disminuir el déficit, transparentar el gasto y equilibrar las cuentas públicas”.
El Ejecutivo además facultó a las autoridades cuyo rango no sea inferior al de secretario o el equivalente de las jurisdicciones u organismos descentralizados a solicitar una autorización excepcional para prorrogar el plazo a seis meses, “para aquellos agentes de Planta Permanente cuya continuidad se requiera por razones de servicio debidamente fundadas en una necesidad estratégica para el normal funcionamiento del área”.
Esta solicitud deberá contar con el visto bueno de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública, del Ministerio, y tendrá que solicitarse mediante un trámite electrónico, en el que se precisen todos los datos del empleado en cuestión. “La solicitud de prórroga deberá estar justificada circunstanciadamente, sin perjuicio de la obligación del organismo de llevar a cabo las medidas tendientes a reemplazar al agente en condiciones de jubilarse”, aclara la normativa.
Con esto, el Gobierno avanza en los cambios dentro de la estructura organizativa del Estado. Entre las principales modificaciones que incorporó el Ejecutivo, se encuentra el examen de idoneidad de los cerca de 40 mil empleados que forman parte de la planta de trabajadores, sea de forma transitoria o permanente.
La evaluación se realizará en el mes de diciembre, cuando vencen las contrataciones. Para ser renovados, se requerirá el examen aprobado.
“El examen lo deberá rendir cada empleado público que ingrese y su resultado lo determinará una computadora. Solo podrá proseguir el proceso de contratación, quien obtenga una nota superior a la de corte”, explicó Sturzzeneger cuando se publicó la reglamentación de ese capítulo de la Ley a principios de agosto.
En esa oportunidad, se estableció que la máxima autoridad de la jurisdicción o del organismo descentralizado correspondiente al cargo concursado será responsable de verificar el cumplimiento de los requisitos, “así como de las previsiones pertinentes de las normas sobre ética en el ejercicio de la función pública”. En casos pertinentes, la Unidad de Recursos Humanos podrá consultar a la Oficina Anticorrupción, la cual deberá expedirse en un plazo de cinco días.
Además, las personas designadas para ocupar cargos públicos deberán presentar una declaración jurada patrimonial y sus antecedentes laborales cuando la función a desempeñar lo requiera. También se ha estipulado que “no podrá efectuarse ninguna designación sin la correspondiente acreditación del certificado de aptitud psicofísica”.
El desempeño del empleado será evaluado constantemente y, para ser promovido, el personal deberá someterse nuevamente a una instancia de evaluación. Esta medida busca garantizar que los empleados estatales mantengan un alto nivel de competencia y rendimiento a lo largo de su carrera.