El Gobierno definió los requisitos que tendrán que cumplir los usuarios del servicio de luz para acceder al beneficio de la Tarifa Energética de Interés Social (TIS), un subsidio que la Provincia busca llevar de los actuales 13.700 a más de 27.000.
A través de una resolución del Ministerio de Agua, Energía y Medio Ambiente que será publicada en el Boletín Oficial, se estableció que el proceso de empadronamiento estará abierto por 30 días y se dispuso que, para acceder, los usuarios no deben registrar ni “fraude” comprobado al servicio ni deudas con la EC Sapem.
Durante el citado período, las personas interesadas deberán completar una Declaración Jurada, que estará disponible de forma gratuita y digital en el sitio oficial de la empresa estatal energética (www.ecsapem.com.ar). Sin perjuicio de ello, también se podrá gestionar presencialmente en las oficinas de atención con turno previo.
Ahora bien, el instrumento establece que podrán acceder al beneficio aquellas personas que sean titulares de un suministro residencial (quedan excluidos comercios, industrias u otras tarifas generales) y que se encuentren en situaciones de vulnerabilidad socioeconómica.
En este orden de ideas, se contempla jubilados o pensionados, grupos familiares cuyo ingreso total bruto no supere dos salarios mínimos y personas trabajadoras de casas particulares registradas.
Además, pueden acceder los beneficiarios de programas sociales como la Asignación Universal por Hijo (AUH), Progresar, Monotributo Social, Pensiones no contributivas, Potenciar Trabajo, entre otros existentes o futuros. También se contempló a excombatientes y veteranos de la Guerra de Malvinas.
En todos los casos, el criterio es que el ingreso del grupo familiar no puede superar el equivalente a unos 635 mil pesos.
También, la resolución incluye una serie de condiciones por las que los usuarios quedan automáticamente excluidos. Para el caso, cuando tengan más de un medidor de energía a su nombre, estén inscriptos bajo tarifa general, mantengan deuda con la EC Sapem o cuando tengan antecedentes de fraude comprobado en el servicio.
En tanto, para iniciar el trámite, será obligatorio presentar DNI del titular del servicio, recibo de sueldo o previsional, certificado de convivencia (en caso de corresponder), constancia negativa de Anses y comprobantes de cualquier beneficio social que se declare. También será requisito no poseer deuda vigente con la empresa.
Cabe señalar que para mantener el subsidio se estableció un tope de consumo. En este sentido, si el usuario supera los 500 kWh mensuales o 1000 bimestrales, el beneficio se suspende automáticamente durante ese período. En este marco, la empresa de energía será la encargada de recibir, registrar y evaluar las solicitudes, y también podrá proponer casos de inclusión, exclusión o excepciones, que deberán ser validadas por el ministerio.
Los requisitos:
Con la nueva disposición, podrán acceder a la ampliación de la tarifa social provincial los usuarios que cumplan los siguientes requisitos:
• Jubilados y/o pensionados que perciban una remuneración bruta menor o igual a dos Salarios Mínimo Vital y Móvil (SMVM). Es decir, unos $635.600 (vigentes desde julio de 2025).
• Grupo familiar cuyo ingreso mensual bruto no supere en su totalidad el equivalente a dos SMVM
• Personal incorporado en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares
• Beneficiarios de la AUH, Becas Progresar, Monotributo Social, Pensiones no contributivas, Potenciar y cualquier otro beneficio social existente o que se cree en el futuro
• Titulares excombatientes y veteranos de la Guerra de Malvinas.